

Presentado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Mensaje 13/26, apunta a restringir la expropiación estatal, eliminar el proceso para titularización de propiedad del Registro de Barrios Populares, eliminar restricciones a la adquisición de tierras por parte de extranjeros, entre otros puntos.
Fuente e imagen: palabrasdelderecho.com.ar/
El gobierno nacional presentó el proyecto de ley sobre la “Inviolabilidad de la Propiedad Privada” y se encuentra actualmente en debate dentro de las comisiones en el Senado de la Nación. Entre las iniciativas propuestas, se desataca la restricción de la Ley de Expropiaciones, la eliminación del proceso de títulos de propiedad privada del Registro de Barrios Populares, la posibilidad de actividad económica en zonas incendiadas y la eliminación a limitar la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
El 27 de marzo fue presentado bajo el Mensaje del Poder Ejecutivo 13/26 y el 6 de abril ingresó a comisiones, que incluye de Asuntos Constitucionales y de Legislación General.
Hacia el inicio del proyecto se menciona a nuestro país debajo del promedio en 52 puntos respecto al Índice de Libertad Económica, elaborado por Heritage Fundation. Al investigar sobre esta fundación, en su sitio oficial, la misión de Heritage es “formular y promover políticas públicas conservadoras basadas en los principios de libre empresa, gobierno limitado, libertad individual, valores tradicionales estadounidenses y una defensa nacional sólida”. Entre sus puntos procuran “proteger a los no nacidos” y hasta “asegurar las fronteras de Estados Unidos, contrarrestar la amenaza de la China comunista”.
Presentado por Federico Sturzenegger, ministro de desregulación y transformació del estado, el proyecto apunta a reformar la Ley N° 21.499 sobre Expropiaciones y artículos al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y al Código Civil y Comercial de la Nación. También se propone modificar el Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana (Ley N° 27.453 y modificatorias).
Sobre las expropiaciones agrega al artículo 4° de la ley que la declaración de utilidad pública será de “interpretación restrictiva”, identificándo específicamente el fin perseguido; además la expropiación deberá ser “idónea, necesaria y proporcional”, además de no existir “medios menos lascivos para ello”.
La Ley N° 27.453 y modificatorias estableció un modelo de intervención por el cual se declaran de utilidad pública a los inmuebles ubicados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Socio Urbana (RENABAP). A partir de allí se puede eventualmente expropiar e implementar un régimen especial para regularizar el dominio de propiedad, suspender desalojos y fijar condiciones para acceder y usar los inmuebles.
El argumento presentado por el gobierno en esta presentación de proyecto es que hasta hoy un número bajo alcanzó el título de propiedad privada. En vez de ver cómo mejorar el caso, se presenta el número para eliminar el proceso del RENABAP.
Siguiendo un poco más con este proyecto en actual debate parlamentario, propone modificar la Ley del Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales N° 26.737, sancionada en 2011 por la cual se dispusieron limitaciones a la titularidad extranjera sobre la propiedad o posesión de tierras rurales.
Según el mensaje del poder ejecutivo, esto implicó una “limitación irrazonable”, ya que condiciona y desincentiva a las inversiones internacionales. Lo que promete el gobierno de todas formas es asegurar la soberanía nacional, concentrando los controles en aquellos en donde se vean involucrados Estados extranjeros o entidades vinculadas a ellos.
Por último, el proyecto defendido en el Senado por el ministro de desregulación y transformación del estado, Federico Sturzenegger, apunta a modificar a la Ley de Manejo del Fuego N° 26.815, para “restablecer” un supuesto equilibrio entre la “protección ambiental y el derecho a la propiedad”.
Esta normativa sirve para proteger de especulaciones inmobiliarias a las áreas afectadas por incendios, y así garantizar su restauración a la vez de desincentivar los incendios organizados. Dentro del texto, el gobierno encuentra a estas limitaciones “irrazonables”, ya que afectan al “ejercicio del derecho de propiedad”. En este sentido proponen también modificar las leyes N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y N° 13.273 de Defensa de la Riqueza Forestal, sobre los bosques “no productivos”.