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7 de noviembre de 2024
La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas Confirma Rescisión Contractual de Prepaga por Ocultamiento de Enfermedad Preexistente
Fuente: Microjus
Fecha: 04 de noviembre de 2024
La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas ha dictado un fallo relevante en el caso G. L. S. M. c/ Prevención Salud de Sancor Seguros, en el cual se confirmaron las decisiones previas que permiten a una empresa de medicina prepaga rescindir el contrato de afiliación tras el ocultamiento de una cirugía preexistente por parte de la afiliada. Este fallo se basa en la Ley 26.682, que regula las condiciones de afiliación y cobertura en el ámbito de la medicina prepaga.
La actora, Sra. L. S. G., había omitido declarar antecedentes médicos significativos en su Declaración Jurada de Salud, específicamente una cirugía de cadera, lo cual condujo a la decisión de la prepaga de dar por terminado su contrato. La corte enfatizó que la omisión de información relevante y la falta de buena fe en la presentación de la declaración no solo justifica la rescisión, sino que también refuerza la obligación del usuario de proporcionar información veraz y completa.
El tribunal rechazó los agravios presentados por la actora, alegando que los mismos no acreditaban un error en el fallo anterior. Además, subrayó que la actora no había agotado las vías legales disponibles para mantener el vínculo contractual a pesar de sus preexistencias.
Este fallo destaca la importancia de la transparencia y la veracidad en los contratos de salud, y establece un precedente significativo para futuras controversias relacionadas con la medicina prepaga en Argentina.
Fuente: Microjus MJ-JU-M-153774-AR | MJJ153774 | MJJ153774
Resumen de: Fabiana Perticaro | Estudio Mosquera-Perticaro Linkedin